Medidas contra la sequía

Medidas urgentes ante la situación de excepcional sequía

Medidas urgentes ante la situación de excepcional sequía

Debido a la escasez de recursos hídricos para el abastecimiento y a la situación de excepcional sequía, se han adoptado las siguientes medidas urgentes de ahorro para poder garantizar el abastecimiento humano en los siguientes municipios:

  • Algarrobo

    Con el objetivo de reducir al menos un 20% la demanda de agua urbana, para así poder garantizar garantizar el abastecimiento a la población, se prohíbe el uso de agua  para usos no esenciales y específicamente para:
    • Riego de jardines, huertos, parques o zonas verdes, tanto públicas como privadas.
    • Baldeo de calles, aceras, fachadas o de cualquier otra superficie, tanto pública como privada, salvo que el mismo se realice con agua no potable.
    •  Llenado o rellenado de piscinas privadas.
    •  Lavado de coches fuera de los establecimientos autorizados, siempre con uso de agua no potable..
    •  Fuentes ornamentales que no tengan circuito cerrado de agua, duchas y surtidores públicos.
    •  Cualquier otro uso no esencial.

    Puedes consultar el bando municipal aquí.

    Estas limitaciones han entrado en vigor el 25 de noviembre de 2023 y tendrán una duración indefinida, hasta que se dicte un nuevo bando que las anule o se declare el fin de la situación de sequía.

  • Estepona

    Con el objetivo de reducir al menos un 20% la demanda de agua urbana, para así poder garantizar garantizar el abastecimiento a la población, se limitará al máximo el uso de agua apta para el consumo humano para los siguientes usos:

    • Baldeo de calles.
    • Llenado de piscinas privadas.
    • Riego de jardines y parques públicos y privados.
    • Riego de campos de golf.
    • Lavado de coches fuera de establecimientos autorizados.
    • Fuentes ornamentales que no dispongan de circuito cerrado de agua.
    • Duchas y surtidores públicos.

    Puedes consultar el bando municipal aquí.

    Estas limitaciones han entrado en vigor el 8 de diciembre de 2023 y tendrán una duración indefinida, hasta que se dicte un nuevo bando que las anule o se declare el fin de la situación de sequía.

  • Manilva

    Con el objetivo de reducir al menos un 20% la demanda de agua urbana, para así poder garantizar garantizar el abastecimiento a la población, se prohíbe el uso de agua potable para usos no esenciales y específicamente para:

    • Riego de jardines, parques o zonas verdes, públicos o privados, así como de huertos.
    • Riego de campos de golf.
    • Baldeos de calles, aceras o fachadas, publicas o privadas, y demás usos urbanos.
    • Llenado o rellenado de piscinas.
    • Lavado de coches salvo en establecimientos autorizados que tengan sistemas de reciclado y recirculación del agua.
    • Fuentes y lagos ornamentales, lúdicos o deportivos, públicos o privados, salvo que tengan sistemas de recirculación.
    • Duchas y surtidores públicos.

    Puedes consultar el bando municipal aquí.

    Estas limitaciones han entrado en vigor el 10 de noviembre de 2023 y tendrán una duración indefinida, hasta que se dicte un nuevo bando que las anule o se declare el fin de la situación de sequía.

  • Marbella

    Con el objetivo de reducir al menos un 20% la demanda de agua urbana para así poder garantizar el abastecimiento a la población, se prohíbe el uso de agua potable para usos no esenciales y específicamente para:  

    • Prohibición de riego de jardines, huertos, praderas, parques o zonas verdes y deportivas, públicos o privados.
    • Prohibición de baldeos de calles, aceras o fachadas, públicas o privadas, salvo las autorizadas por razones sanitarias. En ningún caso se utilizará para este uso agua apta para consumo humano.
    • Prohibición de llenado o rellenado de piscinas privadas.
    • Prohibición de duchas y surtidores públicos.
    • Prohibición de lavados de coches, salvo en establecimientos autorizados que tengan sistema de reciclado y recirculación del agua.
    • Prohibición de fuentes y lagos ornamentales, lúdicos o deportivos, públicos o privados, salvo que tengan sistemas de recirculación.
    • Prohibición de utilizar agua de las bocas de riego e hidrantes, sin autorización expresa y por escrito de la Entidad suministradora o el Ayuntamiento, salvo en los casos de incendio.
    • Las fuentes para consumo humano se destinarán exclusivamente a este uso, quedando restringido cualquier otro.

    Puedes consultar el bando municipal aquí.

    Estas limitaciones han entrado en vigor el 15 de noviembre de 2023 y tendrán una duración indefinida, hasta que se dicte un nuevo bando que las anule o se declare el fin de la situación de sequía.

     

  • Rincón de la Victoria

    Con el objetivo de reducir al menos un 20% la demanda de agua urbana, para así poder garantizar el abastecimiento a la población, se prohíbe el uso de agua potable para usos no esenciales y específicamente para:

    • Riego de jardines, huertos, parques o zonas verdes, tanto públicas como privadas.
    • Riegos de campos de golf.
    • Baldeo de calles, aceras, fachadas o cualquier otra superficie pública o privada.
    • Llenado o rellenado de piscinas
    • Lavado de vehículos fuera de los establecimientos establecidos
    • Fuentes ornamentales que no tengan circuitos cerrados de agua, duchas y surtidores públicos

    Puedes consultar el bando municipal aquí.

    Estas limitaciones han entrado en vigor el 4 de julio de 2023 y tendrán una duración indefinida, hasta que se dicte un nuevo bando que las anule o se declare el fin de la situación de sequía.

    Actualmente, para mantener lo máximo posible los recursos hídricos, nos vemos obligados a realizar cortes de suministro nocturnos desde las 23:00h hasta las 07:00h.